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El aborto: Entre Moral, Religión y Ciencia

Desde el punto de vista médico, aborto es la interrupción y finalización prematura del embarazo de forma natural o voluntaria. En un sentido más amplio, puede referirse al fracaso por interrupción o malogramiento de cualquier proceso o actividad. Pero es el primer concepto el que ha sido centro de debate por sus implicaciones religiosas, éticas y sociales. En el Antiguo Testamento no se menciona el aborto voluntario. Solo aparece penalizado el aborto derivado de un golpe inferido a la mujer. La Iglesia Católica se opone desde los primeros siglos del cristianismo hasta nuestros días.El judaísmo lo permite bajo determinadas circunstancias. El islamismo anima a la reproducción y desalienta el aborto. El budismo no lo condena con excesiva gravedad y para el hinduismo se trata de un mal karma.

Aborto espontáneo

El aborto espontáneo o aborto natural es la pérdida de un embrión o feto por causas no provocadas intencionalmente. Se distingue pues del aborto inducido. El término sólo se aplica estrictamente cuando dicha pérdida se produce antes de la semana 20 del embarazo, denominándose a partir de ese momento parto prematuro. A su vez, el aborto se puede subdividir en temprano (antes de semana 12) y tardío (después de la semana 12 y hasta las 20 semanas de gestación). El aborto espontáneo puede ser retenido, cuando no se elimina nada, incompleto, cuando no se eliminan todos los productos de la gestación, o completo cuando todo es eliminado por completo.

Otros términos para referirse a una pérdida temprana en el embarazo son:

Aborto consumado: todos los productos de la concepción salen del cuerpo.
Aborto incompleto: sólo algunos de los productos de la concepción salen del cuerpo.
Aborto inevitable: no se pueden detener los síntomas y se presenta el aborto espontáneo.
Aborto infectado (séptico): el revestimiento del útero o el útero y cualquier producto restante de la concepción resultan infectados.
Aborto retenido: el embarazo se pierde y los productos de la concepción no salen del cuerpo.

Causas

La causa más frecuente es la muerte fetal por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas, en especial las trisomías autosómicas (no sexuales). En otros casos se debe a anormalidades del tracto reproductivo, o a enfermedades sistémicas de la madre (diabetes, nefritis, traumatismos graves), o enfermedades infecciosas (Mal de Chagas, toxoplasmosis, brucelosis, sífilis, listeriosis, hepatitis B, sida) así como por sucesos traumáticos.

Frecuencia

La tasa natural de fracaso de las gestaciones es muy elevada, aunque la mayor parte ocurre en las primeras semanas y en la mayor parte de los casos la madre no llega a enterarse. Se estima que uno de cada cinco embarazos detectados terminan por aborto espontáneo en las primeras semanas. La cifra aumenta a más del 30% en estudios de mujeres embarazadas cuyos niveles de la hormona gonadotropina coriónica humana ha descendido después de haber confirmado el embarazo.

Cuando una mujer aborta espontáneamente en tres o más ocasiones de forma consecutiva, se llama aborto de repetición. Las causas pueden ser genéticas en un 50% de los casos, el síndrome antifosfolípido en el 15% y otros motivos como alteraciones uterinas y trombo filias.

Entre los factores de riesgo comprobados están la edad elevada, las enfermedades sistémicas y la ocurrencia previa repetida de abortos espontáneos.

Síntomas y signos

Los síntomas es decir, signos percibidos por la propia paciente más frecuentes son el dolor abdominal de tipo cólico o en la región lumbar; la hemorragia vaginal acompañada o no de dolores cólicos abdominales o la emisión de materia sólida tisular o de coágulos por la vagina. Por otra parte algunos de estos signos son frecuentes durante los primeros meses de la gestación sin que tengan que ir necesariamente seguidos de aborto.

Existen signos médicos que pueden permitir al especialista detectar una situación de riesgo de aborto.

Tratamiento

Una vez observados signos de riesgo la recomendación suele ser de restringir ciertas formas de actividad, o incluso un reposo completo. Igualmente suele recomendarse en esos casos la abstinencia sexual. Sin embargo, hay estudios que dicen que el reposo no tiene efectos beneficiosos y que debería dejarse a elección de la paciente.

Si el aborto se produce, suelen presentarse signos evidentes, primero en forma de una reducción de los signos del embarazo, pero también por secreciones vaginales anormales, las cuales deben ser evaluadas, también para saber si el aborto es completo o no.

Si el aborto no se completa en un plazo de pocas semanas, se requerirá cirugía para completarlo artificialmente. La cirugía puede sustituirse por un tratamiento con medicamentos, pero los efectos secundarios y el riesgo de que la evacuación no se complete, obligando finalmente a recurrir a la cirugía, hace que esta opción no sea siempre preferible.

Los efectos de un aborto espontáneo suelen desaparecer volviendo al ciclo menstrual normal y a una probabilidad normal de embarazo, aunque suele recomendarse una moratoria de uno o dos ciclos antes de volver a intentarlo.

Prevención

Las posibilidades de aborto espontáneo pueden limitarse mucho con una atención especial por parte de la madre y una vigilancia médica acentuada, especialmente si dependen de limitaciones físicas de la madre. El riesgo asociado a enfermedades sistémicas se combate tratándolas antes del eventual embarazo y vigilando el estado de la madre durante éste.

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Aborto terapéutico. Embrión extraído como consecuencia de una operación de extirpación de útero, a una mujer embarazada de unas 10 semanas, y enferma de cáncer de cérvix.

Aborto terapéutico

El aborto terapéutico es el aborto inducido justificado por razones médicas. La mayor parte de las legislaciones que regulan el aborto, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen, en diferente grado, entre la total o mayor admisibilidad del aborto terapéutico respecto a la interrupción voluntaria del embarazo.

Tan sólo hay siete estados en el mundo donde no está permitido el aborto terapéutico en ningún caso: Ciudad del Vaticano, El Salvador, Malta, Nicaragua, Chile y República Dominicana.

No hay que confundirlo con el aborto indirecto que se produce cuando se lleva a cabo una terapia necesaria con la madre y que produce también la muerte del feto. Un caso concreto es el del embarazo ectópico, pero también hay otros como fruto, por ejemplo, de terapias contra un cáncer materno.

Justificaciones médicas

Las razones médicas básicas por las que se justifica el aborto terapéutico son 5 formas:

Riesgo grave para la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida de la madre.
Para salvaguardar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto.
Riesgo de enfermedad congénita o genética, para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, que ponen en peligro mortal su vida.
Reducción de embriones o fetos en embarazos múltiples, hasta un número que haga el riesgo aceptable y el embarazo viable.
Riesgo grave para la vida del hijo, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida del hijo, ya sea porque viene con una malformación, o tiene un muy alto riesgo de muerte dolorosa al momento o poco después del nacimiento.

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Aborto terapéutico. Embarazo ectópico, una de las patologías del embarazo.

Aborto por indicación médico-legal

Se entiende por aborto por indicación médico-legal al acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país prevé la no imposición de una pena por tal motivo, aunque el aborto, en general, sea considerado un delito.

La importancia del aborto por indicación médico-legal está en que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.

Aborto electivo ante situaciones de fuerza mayor

No debe confundirse con el aborto terapéutico aunque legalmente pueda ejercerse el derecho a abortar. Se habla de aborto electivo cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.

También se incluyen como razones para el aborto electivo: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.

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Aborto inducido.

Aborto inducido

El aborto inducido (aborto: del latín abortus o aborsus, a su vez de aborior, contrario a orior, contrario a nacer) o interrupción voluntaria del embarazo (IVE) consiste en provocar la muerte biológica del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica y en cualquier circunstancia social o legal. Se distingue del aborto espontáneo, ya que éste se presenta de manera natural o es provocado por algún accidente.

La interrupción voluntaria del embarazo ha sido una práctica habitual desde hace milenios. En el debate sobre el aborto existen controversias de muy distinto carácter: científicas, sanitarias, socioeconómicas, éticas y religiosas que, en parte, se recogen en los distintos ordenamientos jurídicos sobre el aborto en cada país, donde la práctica del aborto inducido puede considerarse un derecho o bien un delito.

Estadísticas de abortos inducidos

En un estudio publicado en 2007, se estima que en el mundo se realizan entre 42 y 46 millones de abortos anuales (entre el 20 y el 22 % de los 210 millones de embarazos que se producen en el mundo al año).4 De los 190 países del mundo, solo en 22 % de ellos está permitido el aborto.

Respecto a los abortos inseguros, habría habido en el año 2008 unos 21,6 millones a nivel mundial, según un estudio publicado por la Organización Mundial de la Salud en 2011. Según dicha organización, un aborto inseguro es un procedimiento para terminar un embarazo no deseado llevado a cabo por personas carentes de las habilidades necesarias o en un ambiente que no conforma los estándares médicos mínimos, o ambos es decir, abortos en los que la vida de la mujer está en peligro. En América Latina y en el Caribe, en 2000, se realizaron 29 abortos inseguros por cada 1000 mujeres de entre 13 y 44 años de edad, más del doble del promedio mundial de 14 abortos por cada 1000 mujeres y 32 abortos por cada 1000 nacimientos.

Se estima que el aborto inseguro constituye la tercera entre las causas directas (13 %), después de las hemorragias (25 %) y las infecciones (15 %) de las 536 000 muertes maternas que se producen cada año en el mundo,10 aunque en América Latina la fracción de muertes maternas debidas al aborto inseguro alcanza el 17 %.

En América Latina y en el Caribe, de los 18 millones de embarazos que se producen cada año, 52 % no son planeados y el 21 % de ellos terminan en un aborto. Según algunos estudios, en América Latina se practicarían anualmente unos 3,7 millones de abortos inseguros. El riesgo de muerte a causa del aborto inseguro en los países en desarrollo es de 370 por cada 100 000 casos. El número de mujeres que mueren a causa del aborto anualmente es 68 000, lo que equivale al 13 % de la mortalidad materna. En América Latina, el aborto inseguro es responsable del 17 % de las muertes maternas.

En un perfil demográfico hecho en Cuba se menciona que se contabilizaba un promedio de 4.7 hijos por cada madre en los años sesenta, y un promedio de 1.5 hijos en 1992. Esto es debido, entre otros factores, a los anticonceptivos y los abortos inducidos. Se dice que el aborto inducido redujo el 60 % de las muertes maternas, entre años de 1970 al 1990.

Procedimientos para la inducción del aborto

El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la elección depende del tiempo de gestación o desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre, del contexto socioeconómico en el que se tome la decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a los servicios médicos, y de los límites puestos por la legislación, entre otros factores.

Aborto con medicamentos o químico

El aborto químico o farmacológico consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Solo es factible en las primeras semanas del embarazo. En Estados Unidos el porcentaje de abortos realizados con medicamentos (medical abortion) sobre el total de abortos ha aumentando desde la aprobación de la mifepristona: 1.0 % en el año 2000, 2.9 % en 2001, 5.2 % en 2002, 7.9 % en 2003, 9.3 % en 2004, 9.9 % en 2005, 10.6 % en 2006, 13.1 % en 2007.

En Europa el uso es desigual, así, en Portugal supone el 67 % de las IVE (interrupción voluntaria del embarazo), en Francia el 49 %; en Inglaterra y Gales el 40 %, en Escocia y Finlandia el 70 %, en España solamente el 4 %, en Italia menos del 4 % ya que comenzó su venta en diciembre de 2009.

Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una intervención quirúrgica (el uso de instrumentos), siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.

El procedimiento ve reducida su efectividad después de la séptima semana de desarrollo. A pesar de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia médica continuada para asegurar el éxito, para prevenir posibles complicaciones, y también a menudo porque la evacuación es incompleta y requiere la intervención final de un médico.

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Aborto por aspiración, a las ocho semanas de la gestación (seis después de la fertilización).1: Saco amniótico, 2: Embrión, 3: Útero, 4: Espéculo, 5: Jeringa manual, 6: Conexión a bomba de aspiración.

Aborto quirúrgico

Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar el aborto, es decir, terminar voluntariamente el proceso gestacional.

El método quirúrgico más empleado antes de las 7 semanas de embarazo es el aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración. La aspiración manual se denomina también minisucción o extracción menstrual. Se aplica solo durante las primeras semanas y no requiere dilatación cervical (véase también cérvix o cuello uterino). Para estas primeras semanas, se habla de interrupción del embarazo, más que de aborto, aunque en realidad ambos términos son sinónimos. A partir de la semana decimoquinta y hasta la vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y manipulación quirúrgica, además de succión. Este método fue demostrado en detalle en una ecografía en el documental titulado The silent scream (El grito silencioso), producido por el doctor Bernard N. Nathanson, quien durante los años setenta fue el propietario de una de las clínicas más grandes de aborto en los EE. UU.

Posibles consecuencias médicas adversas

El aborto, además de terminar con el embarazo, y la existencia del embrión o feto según el caso, no es una intervención exenta de riesgos para la madre. Aun así, según algunos estudios, los riesgos son menores que los de un parto normal. Algunos métodos abortivos, cuando se trata de procedimientos poco invasivos, tienen un bajo riesgo de complicaciones serias. Aun así el riesgo puede aumentar dependiendo de cuán avanzado esté el embarazo. Cuando el aborto es inducido por la misma paciente, los porcentajes de complicación siempre serán elevados 80 % o más.

Abortion Laws
Situación jurídica del aborto distintos países del mundo. Azul: No punible si la interrupción del embarazo se realiza antes de un plazo establecido, Verde: No punible en casos de riesgo para la madre, violación, defectos en el feto o factores socioeconómicos, Amarillo: No punible en casos de riesgo para la madre, violación o defectos en el feto, Mostaza: No punible en casos de riesgo para la madre o violación, Naranja: No punible en casos de riesgo para la madre, Rojo: Punible sin excepciones, Negro: Varía por región, Gris: No hay información. Nota: En la mayoría de los países y supuestos citados, la intervención ha de efectuarse antes de plazos establecidos.

Aspectos jurídicos

El aborto, entendido como la interrupción intencional del embarazo, es, dependiendo del ordenamiento jurídico vigente, una conducta punible o no punible, atendiendo a las circunstancias específicas.

De esta manera, dependiendo del país que lo contemple, es considerado un delito penalizado en cualquier circunstancia, o un derecho de la gestante. En otros países, aún siendo también un delito se mantiene despenalizado en ciertos casos siempre que medie el consentimiento materno.

En la actualidad, la legislación en la mayor parte del mundo contempla la despenalización del aborto, siguiendo la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas, para supuestos intermedios, siempre tomando la voluntad de la embarazada como requisito sine qua non para una posible no punición.

Los ordenamientos jurídicos que despenalizan el aborto en alguno o todos los supuestos, lo hacen desde las siguientes perspectivas:

El sistema anglosajón desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’.
El modelo europeo-continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya sea que se le especifique como libertad reproductiva (véase derechos reproductivos) o como derecho a la autonomía.
En el sistema islámico, el aborto solo se consiente por razones médicas en las que la madre corre grave peligro.
El sistema internacional de protección de los derechos humanos así las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales como por ejemplo Amnistía Internacional, como los organismos de protección de DD.HH. de carácter universal, como la Comisión y Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas o la Organización Mundial de la Salud relaciona el problema de la despenalización del aborto con el derecho que tienen las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes; es decir, con la prohibición general de la tortura.

La normativa sobre el aborto es un tema sumamente polémico, puesto que, tanto los promotores de una posición como sus detractores, argumentan defender un derecho humano. Los defensores del aborto esgrimen el derecho a la libertad, autonomía o intimidad de la gestante, y sus detractores el derecho a la vida que le conceden al nasciturus.

El aborto en el mundo

En países como Rusia, Canadá, Estados Unidos, China, India, y la mayoría de los países de Europa, el aborto es legal a petición o demanda de la mujer durante cierto período de gestación. Por otro lado, en la mayoría de los países de África, Latinoamérica, Medio Oriente, Oceanía y del Sudeste Asiático el aborto es ilegal y está penalizado en alguno de los supuestos.

Seis países prohíben la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia y tipifican penas de cárcel para toda mujer y persona que realice, intente realizar o facilite la realización de un aborto: Chile (aunque no se penaliza si fue una consecuencia indeseada de procedimientos médicos para salvar la vida de la madre), Ciudad del Vaticano, El Salvador, Malta, Nicaragua y República Dominicana. En estos últimos, el derecho del nonato a la vida está protegido por el Estado.

Aproximadamente el 25 por ciento de la población mundial vive en 54 países que prohíben completamente el aborto o lo permiten solo para salvar la vida de la mujer.

El 62 por ciento de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, ya sea sin restricciones en cuanto a su causa; ya sea por motivos terapéuticos, quirúrgicos, eugenésicos, sentimentales, y hasta por razones socioeconómicas. Adicionalmente, algunas legislaciones establecen requisitos previos, tales como períodos de espera, la provisión de información, la opinión de varios médicos o la notificación al cónyuge o a los padres de la embarazada o lo admiten sin restricciones, como Canadá.

Cristianismo

En el Antiguo Testamento no se menciona el aborto voluntario. Solo aparece penalizado el aborto derivado de un golpe inferido a la mujer (Éxodo 21:22-23), en el marco de una ley que se refiere a la prohibición del homicidio. La exigencia de que pague una multa aquel hombre que causare la muerte de un nonato por negligencia indica que se consideraba este acto como dañoso al hombre y a la mujer, más que al feto. En este punto, la ley hitita era similar. En cambio, las leyes asirias penalizaban incluso el aborto autoinducido, quizás porque el Estado necesitaba guerreros con fines militares.

Bajo la influencia griega tardía, la versión de la Septuaginta del Libro del Éxodo 21: 22-23 hizo una distinción entre un feto no formado y uno formado, siendo este último tratado como una persona independiente. Esta distinción entre un estado temprano y tardío del feto era bastante común en el mundo antiguo, y fue defendida por Aristóteles al distinguir entre almas y subalmas humanas. Así, el tiempo de la entrada de un alma humana era comentado por Aristóteles a los 40 días después de la concepción para un varón y 90 para una hembra. Muchos teólogos católicos aceptarán luego esa herencia aristotélica de diferente manera; entre ellos Tertuliano, Orígenes, Agustín de Hipona y Tomás de Aquino.

Por su parte, la teoría de que el alma humana no entra en el cuerpo hasta el nacimiento fue defendida por Platón y fue determinante para el Derecho Romano, donde existió la "Patria Potestad", por la cual el cabeza de familia podía disponer de la vida de cualquiera de sus vástagos sin tener que dar explicaciones o ser acusado de un crimen. Solo raramente el aborto fue tratado como un homicidio, incluso cuando esto era punible. En el lado opuesto tenemos sobre todo a los pitagóricos, quienes pusieron énfasis en el culto a una noción de medicina-religión para proscribir el aborto, algo con lo que alineó Hipócrates. El texto del Juramento Hipocrático, propuesto hoy por algunos clasicistas a quienes desean ejercer la medicina, contiene un pasaje que hace referencia expresa al aborto: quien jura se compromete a no introducir pesario abortivo en ninguna mujer.

En el cristianismo primitivo se encuentra un culto privado de Asia Menor, quizás pitagórico, que se oponía al aborto. También algunos pensadores griegos y romanos se oponían al aborto por otras razones que la de la humanización sino por suponer una interferencia en el derecho del padre respecto al niño.

Catolicismo

La Iglesia católica se opone al aborto desde los primeros siglos del cristianismo hasta nuestros días. Considera al ser humano existente desde el momento de la concepción, y para ello considera principalmente, además de otros muchos aspectos como son la potencialidad del embrión (esto quiere decir, al igual que se explica en la filosofía aristotélica, que en teoría el embrión, en tanto en cuanto puede convertirse mediante su natural desarrollo en un ser humano pleno, es de facto un ser humano en todo momento, desde el mismo instante en el que se produce la fecundación del óvulo) o el derecho a la vida de los seres humanos (derecho humano ampliamente reconocido), el argumento de la inmortalidad del alma, que sería insuflada al momento de la concepción. Así se afirma, por ejemplo, en la encíclica Humanae vitae del papa Pablo VI.

Las amenazas a la vida se producen en la relación entre padres e hijos, como sucede con el aborto.
Además, el panorama actual resulta aún más desconcertante debido a las propuestas, hechas en varios lugares, de legitimar, en la misma línea del derecho al aborto, incluso el infanticidio, retornando así a una época de barbarie que se creía superada para siempre.

Mi embrión tus ojos lo veían (Salmo 139 138, 16): el delito abominable del aborto.
Entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e ignominioso. El Concilio Vaticano II lo define, junto con el infanticidio, como crímenes nefandos.
Pablo VI, Evangelium vítae.

Históricamente, se han dado discusiones teológicas sobre el momento de la infusión del alma espiritual. Sin embargo, tanto los Padres de la Iglesia como los doctores de la Iglesia fueron unánimes en la reprobación del aborto inducido:

"A lo largo de toda la historia, los Padres de la Iglesia, sus Pastores, sus Doctores, han enseñado la misma doctrina, sin que las diversas opiniones acerca del momento de la infusión del alma espiritual hayan suscitado duda sobre la ilegitimidad del aborto. Es verdad que, cuando en la Edad Media era general la opinión de que el alma espiritual no estaba presente sino después de las primeras semanas, se hizo distinción en cuanto a la especie del pecado y la gravedad de las sanciones penales; autores dignos de consideración admitieron, para este primer período, soluciones casuísticas más amplias, que rechazaban para los períodos siguientes. Pero nunca se negó entonces que el aborto provocado, incluso en los primeros días, fuera objetivamente una falta grave. Esta condena fue de hecho unánime".
Congregacion para la Doctrina de la Fe

En el siglo XII, Pedro Lombardo comentó acerca de la referencia al aborto que existe en la Biblia: la que aparece en el Libro del Éxodo (21.22), en donde se distinguen dos tipos de aborto: uno que suprime a un ser humano ya formado y con alma humana y en cuyo caso es homicidio y otro en el que se elimina a un ser "informe" y sin alma propiamente humana, por lo que se debía pagar una multa.

Más tarde, santo Tomás de Aquino se adhiere a esa tesis aristotélica afirmando por tanto una diferencia en el pecado. Así, en sus Comentarios a las sentencias de Pedro Lombardo (III) se suma a la tesis aristotélica de que el alma entra a los 40 días en el caso de varones y 90 en el de hembras. Santo Tomás asume además un punto de vista un tanto moderno al dejar a la embriología una mayor precisión del tiempo para corregir estos aspectos con más exactitud.

"Al principio, el embrión tiene un alma solo sensitiva que es sustituida por otra más perfecta, a la vez sensitiva e intelectiva, como trataremos exhaustivamente más adelante".
(Summa theológica I, q. 76).
"En la generación del hombre lo primero es lo vivo, luego lo animal y por último el hombre".
(Summa theológica II-II, q. 64).
"Debemos observar una diferencia entre el proceso de generación en el hombre y los animales del aire o el agua. La generación del aire es simple ya que solo dos formas substanciales aparecen; una que es desplazada y otra que es inducida. Y todo esto tiene lugar en un instante y a la vez, de manera que la forma del agua permanece durante todo el periodo precediendo a la inducción de la forma del aire. Por otro lado, en la generación de un animal aparecen diversas formas substanciales: primero el semen, luego la sangre y así hasta que encontramos la forma de un animal o un hombre".
(Sobre el poder de Dios, q. 3, a. 9, ad 9. Cf. Summa contra Gentiles, II, Ch. 89, 11; Summa theológicae, Ia, q. 119, a. 2).
"Como es alma está unida al cuerpo como su forma, está unida al cuerpo como su acción propia. El alma es "la acción de un cuerpo orgánico" (Aristóteles, II De Anima, 412b, 5-6). Por lo tanto el alma no existe en el semen en cuanto acto (como opuesto a en potencia o virtualidad) antes de la organización del cuerpo".
(Summa contra gentiles, II, ch. 89).

En la teología neoescolástica tomista del siglo XX se considera que santo Tomás no contaba en su momento con los datos científicos que tenemos ahora, y que incluyen dinámicas propias así como el conocimiento del ADN. Este argumento es un punto de apoyo para que en el siglo XX la Iglesia católica defienda la posición de que en el momento de la fecundación aparece un nuevo ser, con dinámica propia e información genética completa aunque su estado sea de dependencia con respecto a la madre.

Las tesis de santo Tomás explican cuando el alma es insuflada por Dios en el ser humano. Y si bien esto resulta incompatible con los argumentos que equiparan aborto a homicidio o asesinato, los defensores de este otro punto de vista señalan a menudo que no se puede atribuir a santo Tomás una postura favorable al aborto por citas como la siguiente:

"Servimos a un propósito más grande y significante, la manifestación de la bondad de Dios, y en ese gran contexto somos simplemente medios para el fin de Dios. Dios quiere su propia bondad como un fin, y quiere que todas las cosas sean un medio para ese fin".
Tomás de Aquino, Summa contra gentiles I. 86.

Por lo tanto, a pesar de la postura oficial de la Iglesia católica, se debe señalar ese debate en la teología católica en lo que se refiere al momento en que se puede considerar al alma humana, a un "ser humano", a los tiempos de desarrollo del mismo así como al tipo de pecado relacionado, o si es que este existe. Las distintas corrientes de opinión pueden quedar resumidas en:

Los partidarios de la animación inmediata (desde el momento de la concepción). Dentro de esta posición, destacaron los que consideraban el origen del alma humana por una preexistencia anterior a su unión con el cuerpo (platonismo cristiano) o por una derivación del alma de los padres (traducianismo).

Los partidarios de la animación mediata o retardada (después de un cierto tiempo). Entre los que defendían esta postura, estaban parte de los que aceptaban que las almas son creadas por Dios, creación que podía tener lugar unos días después de la fecundación (según Aristóteles, por ejemplo).

La tesis de la animación mediata sostenida por santo Tomás de Aquino fue la que se impuso y la que pasó a ser oficial. Como se ha comentado, Santo Tomás sostenía que no era hasta los 40 días cuando Dios insuflaba el alma en los hombres y 90 días en el caso de las mujeres. En consecuencia, la tesis de la humanización retardada fue la opinión mantenida de forma general durante la Edad Media, determinando que el alma era insuflada por Dios a los 40 días en hombres, y a los 90 en mujeres.

Una razón de peso por la que los teológos católicos partidarios de la animación inmediata han mantenido que el alma se insufla en el momento de la concepción reside en que la nueva alma no deriva de la de sus padres, y por lo tanto supone un hecho divino. Bajo esta línea se puede citar por ejemplo la Didaché, el escrito más antiguo de los Padres apostólicos, que equipara en importancia al aborto con dar muerte a un niño ya nacido.

Este punto es sin duda el que causa más problemas de conciliación con el saber científico. Algunos autores señalan que los teólogos de esta tendencia se alinean en realidad con filósofos modernos, como Immanuel Kant o Gottfried Leibniz, ya que la idea de que el alma existe en el mismo momento de la concepción surge con más fuerza principalmente en el siglo XIX.

Si en los siglos anteriores era preeminente la visión de Santo Tomás, en el siglo XX la postura oficial de los papas es en contra de cualquier tipo de interrupción del embarazo. El papa Juan Pablo II escribió en este sentido de manera inequívoca en diversas encíclicas y una línea similar es mantenida por Benedicto XVI. Estas encíclicas son discutidas por los defensores de perspectivas distintas, tanto dentro la comunidad católica como fuera de ella en ámbitos intelectuales o teológicos.

La teóloga Teresa Forcades señaló la importancia de no interferir en la decisión de la madre y en el vínculo especial y distintivo de dependencia entre ambos que ha sido diseñado por Dios y en donde se incluye la decisión de la maternidad.

"Dios pone la vida del feto mientras no es viable en las manos de su madre (en las entrañas de su madre) y ha vinculado la vida biológica de este a la vida espiritual de ella. Nosotros haremos bien de respetar esta vinculación primaria. Mientras el feto no puede sobrevivir independientemente de la madre, le corresponde a ella la responsabilidad moral de decidir sobre su futuro, que es también el de ella, ya que la madre no gesta el hijo solo biológicamente, sino también espiritualmente, con su amor, con su deseo de que éste viva, con la alegría de llevarlo al mundo. Respetar la decisión de la madre es respetar la integridad de su conciencia moral, incluso aceptando que objetivamente se pueda equivocar".
Teresa Forcades

En el magisterio

En el primer Concilio de Maguncia un concilio local del año 847 se confirman penas canónicas propuestas por reuniones anteriores: a la mujer que haya abortado se le han de prescribir 10 años de penitencia. El papa Esteban V afirma, en su carta Consuluisti de infantibus, que cometer un aborto es un homicidio, ya que la concepción requiere de la acción de Dios.

El 4 de marzo de 1679, un decreto del Santo Oficio condenó dos proposiciones relativas al aborto:

"Es lícito procurar el aborto antes de la animación del feto, por temor de que la muchacha, sorprendida grávida, sea muerta o infamada".
Denzinger, Enchiridion symbolorum, 2134
"Parece probable que todo feto carece de alma racional mientras está en el útero, y que solo empieza a tenerla cuando se le pare; y consiguientemente habrá que decir que en ningún aborto se comete homicidio".
Denzinger, Enchiridion symbolorum, 213590

El Código de Derecho Canónico de 1917 establecía para el aborto la pena de excomunión.

Aparte de esta alusión, el magisterio de la Iglesia no vuelve a pronunciarse sobre el tema hasta el siglo XX, aunque desde 1930 lo haya hecho de manera continua y cada vez más amplia. Pío XI, Pío XII, en varios discursos, como el que impartió a la Sociedad de Médicos Italianos de San Lucas (el 12 de noviembre de 1944), o Juan XXIII, han condenado el aborto como homicidio. En el Concilio Vaticano II se encuentra una de las condenas más citadas en el magisterio posterior, concretamente, en la constitución pastoral Gaudium et spes.

El papa Juan Pablo II recuerda, en la encíclica Evangelium Vitae, que quienes a sabiendas de la pena incurren o colaboran en un aborto (padres y cómplices sin cuyo apoyo el aborto no se hubiera realizado) incurren en excomunión inmediata (llamada latae sententiae en el Código de Derecho Canónico).

Judaísmo

La tradición judía es proclive a la santidad del feto, y no permite el aborto a solicitud. Sin embargo, permite el aborto bajo determinadas circunstancias, porque no considera al feto como persona autónoma. La Mishná (Ohalot 7:6) indica explícitamente la admisibilidad del aborto si la continuidad del embarazo pudiera poner en peligro la vida de la madre:

"Si una mujer sufre duras labores de parto, el niño (feto) debe ser cortado en su matriz y ser sacarlo poco a poco en piezas, pues la vida de ella tiene prioridad sobre la de aquel. Pero si la mayor parte ya ha salido en nacimiento, no debe ser tocado, pues la demanda de una vida no puede ir por encima de otra vida".

El judaísmo ortodoxo no admite otra causa que el peligro para la vida materna, en tanto el judaísmo conservador considera también la posibilidad de graves daños a la salud física o mental, o cuando el feto es inviable o padece graves defectos, según opinión médica experta.

Islamismo

El derecho islámico (sharia) parte de consideraciones similares a las del derecho canónico cristiano. Aunque ni el Corán ni la Sunna tratan el tema, se atribuye importancia al conocimiento médico que aporta el jurista versado en medicina, como Averroes, o el médico conocedor de la ley islámica, como Avicena. Según estos, el feto adquiere la condición legal de persona cuando recibe de Dios su alma personal, momento para cuya identificación se confía también en la ciencia del médico y no solo en la revelación. De acuerdo con la tradición oral, el momento de la infusión del alma es a los 120 días o cuatro meses.

La mayoría de juristas modernos consideran aceptar la no viabilidad del feto en sus primeros 120 días.97 En el islamismo se asume que la complejidad de la vida fetal aumenta con el tiempo, manteniendo así una perspectiva gradualista que tiene su fundamento en la teología islámica. En ella se afirma que el espíritu (rub) entra en el feto alrededor de los 120 días (4 meses) después de la concepción. Aquellos que toman una posición más estricta argumentan que una vez el esperma entra en el vientre, está destinado a producir vida, y así para ellos el aborto está proscrito. No obstante, dentro de esos 120 días la mayoría de juristas consideran el aborto como moralmente menos grave y por tanto no sancionable.

Del mismo modo, se observa de manera general que la madre pueda abortar si su vida corre riesgo independientemente del tiempo de gestación, por lo que la vida de la madre prevalece sobre los derechos del no nacido. Existe cierto debate en el caso de malformación y hasta que punto esto es motivo para alargar los 120 días. Aunque en la fatwa egipcia esto no se contempla. Se debe notar por tanto que existe debate respecto a acortar alargar el periodo y sus supuestos, y en donde la ciencia a veces desempeña un papel destacado.

Hay dos escuelas jurídicas que valoran de maneras opuestas el aborto. La escuela Hanafi permite el aborto libremente en los cuatro meses iniciales, incluso cuando la iniciativa de la mujer no cuenta con el permiso del marido. La escuela Maliki prohíbe en su mayoría el aborto de manera absoluta, argumentando que, aunque el feto no sea propiamente humano, no se debe interferir con su destino natural de adquirir su alma, una vez que el semen se ha instalado. Algunos miembros de la escuela Maliki encuentran permisible el aborto hasta los 40 días. La escuela hanbalí suele rebajar el plazo a los 40 días, prohibiéndolo terminantemente después.

Las otras escuelas legales islámicas, tanto suníes como chiíes, mantienen, en conjunto, posiciones semejantes a las de la escuela Hanafi. De las cinco categorías en que se clasifican jurídicamente los actos obligatorios, recomendados, opcionales, culpables o desalentados y prohibidos, el aborto ha sido situado generalmente entre los opcionales o tolerables, especificándose los casos en los que el aborto debe considerarse criminal y punible. En general, son razones de salud las que se considera que justifican el aborto.

De manera general, el islamismo anima a la reproducción y desalienta el aborto, que no recibe fácilmente la aprobación social, pero tampoco es considerado necesariamente un crimen. Es visto más bien como un recurso que debe usarse solo en último lugar. Es requisito indispensable la expresión de la voluntad de la madre de llevarlo a cabo.

Budismo

El budismo no contempla la existencia de un alma insuflada o creada por una divinidad, por lo que su doctrina no establece un tiempo concreto que aconseje o no el aborto. No obstante, la doctrina budista sí que observa una evolución del desarrollo embrionario y sus capacidades, por lo que observa una graduación en la gravedad moral en el acto de abortar en función de la evolución de la consciencia en el no nacido. De manera general el budismo no condena con excesiva gravedad el aborto aunque señala las posibles graves consecuencias para la estabilidad emocional de la madre. En la práctica algunas comunidades budistas como la japonesa celebran ceremonias rituales (Mizuko kuyo) de reparación emocional para aquellas mujeres que han experimentado un aborto y así lo solicitan.

En una obligada investigación de las causas de las acciones que demanda el budismo a sus seguidores, en general se observa el contexto de la situación que puede empujar a una mujer a esta decisión. De manera que el aborto, aun siendo considerado una situación muy poco afortunada o que puede ser producto del aferramiento al deseo sensual, no llega a tener la misma consideración de gravedad que otras acciones.

El budismo menciona numerosos ejemplos sobre la gravedad de acabar con la vida de un animal adulto como un perro, un elefante o un caballo. Pero no respecto a un aborto de cinco o seis semanas. No aparece pues una norma general en el budismo que enseñe una prohibición o aprobación en cualquier situación, sino que se tiende a observar cada caso y sus circunstancias.

Los países en donde la religión budista es mayoritaria (como Tailandia, Camboya o Japón) se aplican leyes de plazos y supuestos que permiten el aborto. De entre todos ellos, el caso de mayor permisividad y despenalización es el japonés.

Hinduismo

Las creencias del mundo hinduista son variadas pero derivan casi todas ellas de sus antiguos textos sagrados, desde las doctrinales Upanishad hasta las leyendas de los Puranas. El hinduismo considera el aborto desde sus textos de una manera quizás más radical que otras religiones, al considerar que el alma humana está presente desde la misma concepción sin un debate de peso. La noción religiosa de no violencia hacia cualquier manifestación de la vida fue además subrayada en la era moderna por Mahatma Gandhi, el padre de la moderna nación india. Al lado de esto, varias escrituras religiosas como la Suetásuatara-upanishad afirman que las almas que deben reencarnar caen desde las nubes con la lluvia, entran en las legumbres, que cuando son consumidas por un varón se convierten en semen y pueden ser inyectadas en un vientre materno. El aborto se considera un mal karma, y la persona que lo cometa, al morir, deberá ser inyectada en una mujer que esté pensando en abortar.

Según un esquema teológico complejo que contempla la reencarnación de las almas, tanto el cigoto como el embrión o el feto poseen alma esté ya desarrollada o no, y deben ser protegidos. Socialmente esta visión moral sigue siendo predominante y los diferentes cultos hinduistas y sus líderes mantienen en mayoría esta visión, si bien al mismo tiempo consienten resignadamente cierta conciliación con los programas de planificación familiar así como con el aborto, sobre todo por la problemática social y de población existente.

Algunos textos hinduistas provenientes de la medicina tradicional (áiur-veda), como el Charaka-samjita, recomiendan dar preferencia a la vida de la madre que no a la del feto. Esto ha servido de punto de apoyo para que el gobierno indio permita a través de la ley MTP (Medical Termination of Pregnancy Act: ley de terminación médica del embarazo), de 1971, legislar el aborto en casos de violación, incesto o amenaza a la salud mental del madre. Es a través de este último supuesto que se realizan la mayoría de interrupciones del embarazo en India, que actualmente son muy numerosas.

La moralidad del aborto en la sociedad hindú es compleja. Los textos religiosos como los Vedas y los Puranas lo prohíben con claridad, aunque la filosofía hindú permite que sean sobreseídos de manera práctica; especialmente mediante el Ayurveda o medicina tradicional. El sistema de castas, la selección de sexo por motivos socioeconómicos, sobrepoblación y otros graves problemas, fuerzan una coexistencia que es vista de manera resignada pero no satisfactoria por la sociedad india.

Aspectos sociales

El aborto inducido ha sido y es diversamente considerado en distintas sociedades: para algunos es un procedimiento más para la limitación de la progenie; para otros, es un atentado contra la vida de un ser humano no nacido.

El argumento esgrimido por los que rechazan el aborto autodenominados Provida, es “que el embrión o feto, es un ser humano con derechos humanos, incluido el de nacer, crecer y tener una familia”. Mientras los que defienden la libre elección de la mujer y autodenominados Proelección esgrimen el argumento de que “Toda mujer tiene derecho a la privacidad, a la salud y a la integridad física, por tanto debe escoger si tiene o no un aborto, más aún en situaciones extremas, como embarazo luego de una violación, malformación diagnosticada del feto o embrión o cuando peligra su vida”

Se estima que cada año 46 millones de mujeres recurren al aborto inducido para dar por terminado un embarazo no deseado. El tratamiento legislativo varía enormemente de un país a otro, pero actualmente el 62 % de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, mientras que el 25 % de la población mundial vive en países que lo prohíben y penalizan. La OMS estima que cada año ocurren 20 millones de abortos inducidos.

Aborto y derechos humanos

Desde el punto de vista de los derechos humanos, existen varios enfoques ético-filosóficos opuestos:

El enfoque que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital del cigoto, del embrión o del feto en cualquier punto de ese proceso, es decir del futuro bebé. Desde este punto de vista, se otorga a la mujer embarazada del derecho a su propio hijo/s y por tanto a la elección de la maternidad, el cual prima sobre cualquier otro que se quiera otorgar a la gestación.

El punto de vista que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital solo hasta cierto desarrollo del mismo. Este punto de vista se apoya en una visión de "desarrollo por fases" del sujeto gestado. En este punto de vista no se observan derechos para el cigoto o el embrión, pero sí para el feto a partir de determinado punto de desarrollo que puede ser variable. Además, el derecho a la interrupción del embarazo de la embarazada se puede ampliar dependiendo de circunstancias adicionales, como la malformación del feto, violación o peligro para la vida de la madre.

La postura que defiende la no interrupción del proceso del cigoto, del embrión o del feto, sin importar su punto de desarrollo. Este punto de vista se basa en la consideración de que el sujeto del desarrollo es una "vida humana" merecedora de respeto. Bajo este punto de vista, la mujer embarazada no tiene derecho a terminar con la gestación interrumpiendo el proceso de embarazo en cualquier fase de desarrollo.

Quienes están a favor de la despenalización total sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde prohibirlo atentaría contra los derechos fundamentales de las mujeres y contra los principios de justicia social. Además, se argumenta que la prohibición ocasiona que las mujeres puedan morir víctimas de un aborto clandestino mal realizado, en especial las que tienen menores recursos económicos o pertenecen a los sectores socioeconómicos más vulnerables.

Quienes se oponen al aborto sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde legalizarlo atentaría contra el derecho a la vida del nasciturus, que debería de primar sobre el derecho de elección de la madre. Por tanto, legalizar el aborto atentaría contra el derecho fundamental de todo ser humano al que se afirma como existente desde la misma fecundación del óvulo, y así contra los principios de justicia social. En esta interpretación se antepone al derecho de elección de la madre el derecho a la vida de un ser humano ya existente y que no tiene posibilidades de defensa. Para ellos, que consideran al embrión como vida humana,103 el aborto es la principal causa de muerte en el mundo.

Las personas que están a favor de graduación en la despenalización intentan conseguir diversos grados de conciliación entre el derecho de la madre y el derecho fundamental a la vida. Normalmente buscan apoyo en argumentos científicos sobre el desarrollo humano para desde los mismos evidenciar límites legales en la interrupción del proceso del embarazo según el número de semanas transcurridas desde la concepción.

En los años más recientes, algunos organismos de protección de derechos humanos han abogado por la despenalización del aborto al considerar que su prohibición viola los derechos humanos de las mujeres. Entre otros, se encuentran la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Europea de Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDHNU), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Amnistía Internacional (AI).

El sistema anglosajón, el sistema europeo-continental y el sistema internacional de protección de los derechos humanos consideran que se violan los derechos fundamentales de las mujeres cuando se prohíbe de forma absoluta el aborto. El primer sistema desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de viabilidad. El modelo continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, sea que se le especifique como libertad reproductiva o como un derecho a la autodeterminación. Finalmente, importantes ONG internacionales, como Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derecho Humanos de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud, relacionan el problema del aborto con la violación del derecho de las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, con la prohibición general de la tortura.

Entre las instituciones que se oponen al aborto inducido por considerar que atenta contra el derecho a la vida del no nacido, se destaca la Iglesia Católica.

Posturas de diversos organismos

Amnistía Internacional respalda la despenalización del aborto para garantizar que las mujeres tengan acceso a servicios de salud cuando surgen complicaciones derivadas del aborto, y para defender el derecho de las mujeres al aborto dentro de los límites razonables que impone la gestación cuando su vida o su salud corran peligro.

Su postura ha sido cuestionada tanto por personas como por organizaciones tales como la Iglesia Católica, los cuales sostienen que, si Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte, no es congruente que acepte su aplicación a lo que entienden como un menor de edad inocente.

El problema, aquí, es el debate que se ha generado en cuanto a la definición de "menor de edad" y a la definición precisa del inicio de la vida y las definiciones de "individuo" y "persona" (véase el apartado Aspectos biológicos y médicos y Aspectos religiosos).

Posturas políticas y religiosas

No se puede hablar de una correlación entre tendencia política o religiosa y posición frente al aborto, pues hay partidarios y contrarios al aborto en todas las tendencias; tómese por ejemplo de lo dicho, la existencia de católicos a favor de la despenalización como la Red Latinoamericana de Católicas por el Derecho a Decidir, grupos feministas y ateos provida, como Feminists for Life (Feministas por la Vida), Mujeres contra el Aborto y Atheists for Life (Ateos por la Vida), o el movimiento Parlamentarios y Gobernantes por la Vida, que integra a personas de diversas tendencias políticas, religiosas y culturales.

Ayuda a la mujer embarazada

Las mujeres que piensan en abortar están sometidas a estrés psicológico antes y después del aborto, tal como aparece en la literatura científica.

Existen redes de personas y organizaciones que centran su atención en la ayuda a la mujer embarazada, que trabajan en contactar a mujeres en riesgo de aborto con recursos a nivel local mediante el uso de las nuevas tecnologías para ayudar a aquellas mujeres sufriendo de estrés y depresión y están pensando en abortar. Esta red tiene páginas en castellano y en inglés. Los lugares a los que se les remiten (refieren) son sin ánimo de lucro ni filiación religiosa. Algunos de ellos están localizados en Estados Unidos como Option Line, Stand Up Girl, en España como Red Madre y Pensando en Abortar o en Latinoamérica como Centro Para la Mujer.


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¡Gracias! por visitarnos, Vladimir y María Mercedes Gessen @DivanGessen

Fuentes:
https://es.wikipedia.org/wiki/Aborto
https://es.wikipedia.org/wiki/Aborto_espont%C3%A1neo
https://es.wikipedia.org/wiki/Aborto_terap%C3%A9utico
https://es.wikipedia.org/wiki/Aborto_inducido
https://www.youtube.com

Fotos: https://commons.wikimedia.org/wiki/Main_Page
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Auzoux_zwangerschapsmodel_papier...



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